Asistencia Sanitaria

ASISTENCIA SANITARIA

El personal que pase a reserva o a retiro queda obligatoriamente incluido en el régimen especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, gestionado por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ISFAS.
Las prestaciones gestionadas por el ISFAS, son:

  • De asistencia sanitaria
  • Sociales
  • Por incapacidad
  • De protección a la familia
  • Prestaciones de la Mutua Benéfica (prestación y pensión de retiro) En reserva se sigue cotizando, descontándolo automáticamente en la nómina.

Información de interés
Instituto Social de las Fuerzas Armadas, ISFAS
900 50 43 26
Las 24 horas del día, todos los días del año
gratuito, desde cualquier localidad
www.mde.es/isfas

TARJETA DE FARMACIA MILITAR

La Tarjeta de Farmacia Militar (TFM) sirve para que su titular y sus beneficiarios (aquellos incluidos como tales en la tarjeta de asistencia del Instituto Social de las Fuerzas Armadas o que habiten en el domicilio del titular), acreditándose mediante el documento nacional de identidad o documento equivalente, puedan ser atendidos en los Servicios Farmacéuticos de las Fuerzas Armadas con servicio de venta al
público.

Para el personal en reserva sin destino o retirado, viudas o huérfanos, las solicitudes y documentación, se cursarán a los Generales Jefes de las Subinspecciones Generales del Ejército y de las Comandancias Generales de Ceuta, Melilla y Baleares correspondientes a su zona de responsabilidad, quienes,
una vez comprobadas, expedirán y firmarán, si procede, la Tarjeta de Farmacia Militar.

La TFM es gratuita y tiene una validez de cinco años, transcurridos los cuales deberá procederse a su renovación, o antes por solicitud del titular al modificarse su situación administrativa, los beneficiarios que figuran en la misma, deterioro, pérdida o sustracción. La tarjeta caducada no da derecho a ningún tipo de prestación.

SEGURO COLECTIVO

El personal en situación de reserva con destino se puede beneficiar del Seguro Colectivo suscrito por el Ministerio de Defensa con una Compañía Aseguradora.

Información de interés
Página del seguro colectivo en intranet
http://portal.mdef.es/portalseguro/CargarPagInicio.do
Contacto:
segurocolectivo@oc.mde.es

TARJETA SANITARIA EUROPEA

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento personal e intransferible que acredita el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante su estancia temporal por motivos de trabajo, estudios, turismo, en el territorio de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia, Bulgaria y Rumanía), del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y en Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia, de acuerdo con la legislación del país de estancia.

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es individual por lo que, para desplazamientos familiares, deberá obtenerse una tarjeta por cada beneficiario. En caso de desplazamiento urgente, si no pudiera aguardarse a la emisión de la Tarjeta, por la Delegación del ISFAS se emitirá un Certificado Provisional Sustitutorio, válido durante 90 días, como máximo, desde su fecha de inicio.

Los titulares del ISFAS, en activo y pensionistas, y sus beneficiarios tendrán derecho a la asistencia sanitaria que precisen durante su estancia en un Estado miembro. Para acreditar el derecho deberán disponer de la Tarjeta Sanitaria Europea que será facilitada por el ISFAS como Institución competente.

Información de interés
Página de la Tarjeta Sanitaria Europea
http://www.mde.es/isfas/v1/es/Prestaciones/Asistencia_Sanitaria/tarjeta.html

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